La Corte Constitucional fortalece el uso adecuado de las garantías jurisdiccionales y la protección efectiva de los derechos
Las garantías jurisdiccionales constitucionales son mecanismos fundamentales para la protección efectiva e inmediata de los derechos. El rol de la Corte Constitucional es garantizar su correcta aplicación y prevenir su desnaturalización, evitando que sean instrumentalizados para fines ajenos a la tutela efectiva de derechos. En decisiones recientes, la Corte ha reiterado que los jueces, al conocer estas garantías, deben respetar estrictamente su objeto y finalidad constitucional.
La Corte Constitucional declaró la desnaturalización de una acción de protección presentada por 365 ex trabajadores de Petroecuador, al haberse declarado de manera colectiva la responsabilidad patronal frente a supuestos riesgos laborales a través del pago de una indemnización de 120 millones de dólares. Esto se realizó sin verificarse la situación de salud de cada accionante ni el nexo causal. Además, en las decisiones judiciales de instancia se ordenaron medidas coercitivas improcedentes —como embargos de bienes públicos, retenciones de cuentas estatales y restricciones a la libertad de tránsito de autoridades—, se desconoció el régimen de riesgos del trabajo ante el IESS, así como el trámite de reparación económica conforme el artículo 19 de la LOGJCC y la jurisprudencia de este Organismo.
En este caso, se analizó una acción de hábeas data presentada para solicitar la rectificación de información financiera vinculada a una deuda registrada en la base de datos del Banco del Pacífico, así como una reparación económica de aproximadamente 4 millones de dólares. La Corte fue categórica al señalar que el hábeas data no es una vía para resolver disputas contractuales o patrimoniales, ni para extinguir obligaciones cuando no existe certeza sobre la veracidad de la información. En consecuencia, se declaró la improcedencia desnaturalizante de la acción y la invalidez de lo actuado.
En ambos casos la Corte no solo corrigió esta desnaturalización, sino que declaró error inexcusable de las autoridades judiciales y abuso del derecho de los abogados, y dispuso que se remitan los expedientes al Consejo de la Judicatura para el inicio de los procesos disciplinarios correspondientes, así como a la Fiscalía General del Estado, reafirmando que las garantías constitucionales no pueden convertirse en instrumentos de presión ni en mecanismos de captura indebida de recursos del Estado.
Para la ciudadanía, este control es clave. Al impedir el uso abusivo de las garantías, la Corte protege a quienes realmente requieren tutela judicial efectiva, preserva la seguridad jurídica, evita la afectación indebida de recursos públicos y cierra espacios a la corrupción, en concordancia con los estándares internacionales de derechos humanos[1].
De esta manera, la Corte Constitucional resguarda que las garantías jurisdiccionales sigan siendo mecanismos de protección legítimos, eficaces y confiables al servicio de los derechos de la ciudadanía.
Protegemos derechos,
Corte Constitucional del Ecuador.
[1] ONU. Comité de Derechos Humanos. Observaciones finales sobre el séptimo informe periódico del Ecuador. 4 de diciembre de 2024.
