Sala de admisión
La Sala de Admisión está integrada por tres Jueces o Juezas, quienes actúan mensualmente de manera rotativa, designados por sorteo efectuado en el Pleno.
Esta Sala conoce y califica la admisibilidad de las acciones de interpretación constitucional; acción por incumplimiento establecida en el numeral 5 del artículo 436 de la Constitución; conflicto de competencias; inconstitucionalidad por omisión; extraordinarias de protección; control constitucional de enmiendas, reformas y cambios constitucionales; consultas populares, incumplimiento de sentencias y dictámenes constitucionales, y peticiones autónomas de mediadas cautelares.
En esta sección usted podrá observar los autos y providencias emitidos por la Sala de Admisión de los casos presentados a este organismo.
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